Ley 26-1941 art. 20

Artículo 20. Otros Poderes de la Autoridad de Tierras

Last amended: 1941Year: 1941Length: 47 wordsOfficial source
Los poderes concedidos a la Autoridad en esta Sección (28 L.P.R.A. § 261 a 279 y 284 a 287) serán independientes de, y en adición a, cualesquiera otros derechos, o poderes que hayan sido concedidos a la Autoridad, y no limitarán ni modificarán tales derechos o poderes.
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