Ley 26-1941 art. 51
ArtÃculo 51. Persona que Otorgue los Bonos No Será Responsable
Ni los miembros o funcionarios de la Autoridad ni ninguna persona que otorgue los bonos serán responsables personalmente por los mismos, ni estarán sujetos a responsabilidad alguna por razón de la emisión de dichos bonos.