Ley 36-1925 sec. 16

Sección 16. Recibos

Year: 1925Length: 45 wordsOfficial source
Por todos los productos agrícolas depositados con destino al comercio estadual, interestatal o extranjero, el almacenista extenderá recibos originales; pero no se extenderá recibo alguno que no sea por productos agrícolas real y efectivamente depositados en el almacén a la hora de extender dicho recibo.
Ley 36-1925 sec. 16: Sección 16. Recibos | Justis AI