Ley 36-1925 sec. 18

Sección 18. Establecimiento de tipos

Year: 1925Length: 69 wordsOfficial source
El Secretario de Agricultura queda autorizado para establecer y promulgar, de cuando en cuando, los tipos de productos agrícolas definidos en esta ley, por los cuales será juzgada o determinada su calidad o valor; Disponiéndose, que los tipos federales establecidos para los granos de acuerdo con la ley federal sobre la materia, serán considerados como los tipos oficiales de Puerto Rico con arreglo a las disposiciones de esta ley.
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