Ley 351-2000 art. 5.08

Artículo 5.08. Compra de Bonos Vigentes

Last amended: 2000Year: 2000Length: 47 wordsOfficial source
La Autoridad está autorizada a comprar cualquier bono vigente emitido u obligación asumida por la Corporación con cualquiera de sus fondos disponibles para ello, a un precio que no sea mayor que la cantidad principal o el precio actual de reembolso de éstos más el interés acumulado.
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