Ley 3-1994 art. 2
Artículo 2. Funciones generales del Departamento
(3 L.P.R.A. Ap. VII, § I) El Departamento de Hacienda, además de las funciones y responsabilidades que le encomiendan las leyes existentes relacionadas con los sistemas de administración fiscal y contributivo, será la agencia de la Rama Ejecutiva encargada de implantar, desarrollar, supervisar y coordinar la política pública, los organismos y programas dirigidos a los juegos de azar y las instituciones financieras. Rev. 10 de noviembre de 2020 www.ogp.pr.gov Página 2 de 8 Departamento de Hacienda [Plan de Reorganización Núm. 3 de 22 de junio de 1994, según enmendado]