Ley 37-1973 sec. 2

Sección 2.

Last amended: 1973Year: 1973Length: 58 wordsOfficial source
El Departamento de Instrucción Pública sufragará, con los fondos de su presupuesto funcional, los gastos para la organización y funcionamiento de las bandas escolares y para estos fines incluirá anualmente una partida en su presupuesto funcional. Ley del Programa de Bandas Escolares del Departamento de Educación de Puerto Rico [Ley Núm. 37 de 25 de mayo de 1973]
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