Ley 47-2003 art. 6

Artículo 6. Reglamento

Last amended: 2003Year: 2003Length: 51 wordsOfficial source
El Secretario promulgará y adoptará los reglamentos que sean necesarios y convenientes para cumplir con los propósitos de esta Ley, en conformidad a la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada conocida como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme” [Nota: Derogada y sustituida por la Ley 38-2017].
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