Ley 47-2019 art. 3

Artículo 3. Proceso para la Adopción de Acuerdos Colaborativos

Last amended: 2019Year: 2019Length: 313 wordsOfficial source
La prioridad para establecer los acuerdos será con la Universidad de Puerto Rico, y que en caso de que la misma no pueda ofrecer el servicio y así los certifique, entonces el Departamento de Educación buscará las alternativas con las instituciones municipales y privadas. Ello según el proceso de presentación de propuestas que se establece en este Artículo. A partir de que entre en vigor esta Ley, el Departamento de Educación, establecerá procedimientos de evaluación de propuestas y adopción de acuerdos para la otorgación de fondos estatales y contrataciones de servicios a las escuelas para proyectos o actividades de apoyo a las escuelas públicas y privadas (según identificados en los estudios de necesidad de las escuelas), recursos para categorizar como proveedores elegibles y para otorgar prioridades en la consideración superior debidamente acreditadas por el Consejo de Educación de Puerto Rico [Nota: Sustituido por la Junta de Instituciones Postsecundarias adscrita al Depto. de Estado, Ley 212-2018]. Las universidades interesadas en ofrecer servicios educativos presentarán propuestas de servicio o colaboración y/o participarán en los procesos competitivos según sean necesarios conforme a los requerimientos de cada programa y describirán sus proyectos, indicando cuando aplique su naturaleza innovadora, cómo estos promoverán un mejor aprovechamiento académico para los estudiantes de escuela pública y su transición efectiva a las universidades, y el uso más eficiente de los recursos académicos y fiscales, e identificarán el área geográfica y la población a servir. Una vez las entidades universitarias interesadas sean categorizadas como proveedores elegibles de los servicios ofrecidos y sus propuestas analizadas, el Departamento de Educación aplicará los mecanismos para la concesión de prioridad que se establezca. A tales fines, el Departamento de Educación diseñará un proceso de evaluación y requisitos a cumplir por todas las entidades. El mismo estará basado en una escala numérica de otorgación de puntos, en las que se otorgarán puntos por cada criterio que se establezca.
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