Ley 4-2010 art. 50
ArtĂculo 50. Cláusula de salvedad
(3A L.P.R.A. Ap. XV, Art. 50) Si cualquier artĂculo, apartado, párrafo, inciso, capĂtulo, cláusula, frase o parte de este Plan fuese declarada inválida o inconstitucional por un Tribunal de jurisdicciĂłn competente, la sentencia dictada a ese efecto no afectará, perjudicará o invalidará el resto de este Plan, quedando sus efectos limitados al artĂculo, apartado, párrafo, inciso, capĂtulo, cláusula, frase o parte de este Plan que fuere asĂ declarada inválida o inconstitucional.