Ley 508-2004 art. 24

Artículo 24. Disposiciones en Pugna que quedan Sin Efecto

Last amended: 2004Year: 2004Length: 118 wordsOfficial source
En los casos en que las disposiciones de esta Ley estén en pugna con las disposiciones de cualquier otra Ley, de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, prevalecerán las disposiciones de esta Ley a menos que las disposiciones de dicha otra ley enmienden o deroguen específicamente alguna o todas las disposiciones de esta Ley. Además, a menos que así se disponga taxativamente, ninguna otra ley aprobada posteriormente regulando la administración del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, o cualesquiera partes, oficinas, negociados, departamentos, comisiones, dependencias, municipios, ramas, agentes, funcionarios o empleados del mismo será interpretada como aplicable a la Autoridad, pero los asuntos y negocios de la Autoridad serán administrados conforme se provee en esta Ley.
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