Ley 550-2004 art. 10
ArtÃculo 10. Tercera Etapa: Aprobación e Implantación del Plan
La tercera etapa consistirá en la aprobación e implantación del Plan elaborado por la Junta de Planificación de conformidad a lo dispuesto en este estatuto. A esos efectos, esta etapa se extenderá del 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2006. Durante esta etapa la Junta de Planificación realizará las siguientes tareas: a) Se realizarán varias presentaciones públicas y se comenzará una campaña de divulgación para iniciar un proceso de consulta a la ciudadanÃa en general. La referida consulta tendrá como objetivo incorporar aquellas observaciones o enmiendas que sean necesarias, según sean recogidas en los procesos de consulta y participación ciudadana. Este proceso se realizará siguiendo los procesos administrativos establecidos en las leyes y reglamentos. b) El Inventario de Terrenos y Recursos detallado y en forma digital, según se establece en el ArtÃculo 7 de esta Ley, deberá someterse de forma final ante la Junta de Panificación no más tarde del 1 de julio de 2006. c) El Plan de Uso de Terrenos deberá ser adoptado de manera final y luego de recoger los comentarios de la ciudadanÃa, no más tarde del 30 de noviembre de 2006.