Ley 550-2004 art. 17

Artículo 17. Plan Especial sobre los Municipios de Vieques y Ceiba

Last amended: 2004Year: 2004Length: 168 wordsOfficial source
Ante el eventual traspaso o transferencia de terrenos pertenecientes al Gobierno de los Estados Unidos de América hacia el Gobierno del Estado Libre Asociado ubicados en los Municipios de Vieques y Ceiba y ante cualquier otra transferencia de esa índole que pueda suceder en el futuro, la Junta de Planificación establecerá o enmendará los Planes o Reglamentos Especiales de Uso de Terrenos y de Zonificación Especial para que sean compatibles con la política pública dispuesta en esta Ley y con los planes de desarrollo sustentable que implanten el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, los Municipios y el Gobierno de Estados Unidos en los referidos terrenos transferidos o a transferirse. Dicho Plan se someterá no más tarde de ciento ochenta (180) días, contados a partir de efectuarse el traspaso o transferencia de terrenos o de la vigencia de esta Ley. En los casos de terrenos que ya hayan sido transferidos o estén encaminados a esos efectos, la Junta de Planificación determinará por Reglamento el procedimiento aplicable.
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