Ley 67-1993 sec. 19
Sección 19. Referencia
A partir de la vigencia de esta ley, toda ley que se refiera al Departamento de Servicios Contra la Adicción o a la Secretaría Auxiliar de Salud Mental del Departamento de Salud, se entenderá como refiriéndose a la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción.