Ley 67-2022 art. 13
Artículo 13. Omitido. [Se añade un nuevo inciso (o) al Artículo 5, de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”] Artículo. 14. — Derogación
Se derogan las siguientes leyes: Ley Núm. 133 de 9 de junio de 1973, según enmendada; y Ley 164-2004, según enmendada. Disponiéndose que la parcela de setenta (70) cuerdas que se autorizó a la Administración de Terrenos de Puerto Rico ceder gratuitamente a la Ciudad Deportiva Roberto Clemente, Inc. mediante la Ley 164-2004, seguirá siendo parte del inventario de las propiedades de la Administración de Terrenos para su desarrollo.