Ley 79-2013 art. 16
Artículo 16. Capital Humano, Delegación de Funciones y Retiro de funcionarios y empleados
(a) Los empleados de la Oficina del Procurador del Veterano creada bajo el Plan de Reorganización Núm. 1-2011, serán transferidos a la Oficina del Procurador de las Personas del Veterano del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, creadas en virtud de esta Ley. (b) El capital humano de la Oficina del Procurador del Veterano del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, creada bajo esta Ley estará bajo la aplicación de la Ley Núm. 184-2004, según enmendada, conocida como la "Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público del Estado Libre Asociado de Puerto Rico" [Nota: Derogada y sustituida por la Ley 8- 2017]. (e) Los empleados transferidos conservarán todos los derechos adquiridos conforme a las leyes, normas, reglamentos y convenios colectivos que les sean aplicables, así como los privilegios, obligaciones y estatus respecto a cualquier sistema existente de pensión, retiro o fondo de ahorro Rev. 16 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 9 de 11 “Ley del Procurador del Veterano del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” [Ley 79-2013, según enmendada] y préstamo establecidos por ley, a los cuales estuvieren acogidos antes de la aprobación de esta Ley. Los empleados con estatus regular mantendrán dicho estatus. (d) Las disposiciones de esta Ley no podrán ser utilizadas como fundamento para el despido de ningún empleado o empleada con un puesto regular. Así mismo, ni las disposiciones de otra ley general o supletoria podrán ser usadas durante el proceso de transferencia como fundamento para el despido de ningún empleado o empleada con un puesto regular de las agencias que mediante la presente ley se crea. El Procurador queda autorizado para adoptar aquellas medidas transitorias y tomar las decisiones que fueren necesarias a fin de que se efectúen las transferencias ordenadas en esta ley sin que se interrumpan los procesos administrativos, la prestación de servicios y el funcionamiento de los programas transferidos.