Ley 84-2019 art. 8

Artículo 8. Programa de Deporte Adaptado

Last amended: 2019Year: 2019Length: 162 wordsOfficial source
Se crea el “Programa de Deporte Adaptado” adscrito al Departamento de Recreación y Deportes. La Secretaria del Departamento de Recreación y Deportes desarrollará dentro del Programa de Deporte Adaptado iniciativas de actividad física que propendan el romper con las barreras y actitudes que afectan la habilidad de las personas con discapacidades para convertirse en personas físicamente activas. A través del Programa se les brindará acceso a todas las personas con discapacidades y necesidades especiales para recrearse y hacer deportes, de esta manera se desarrollan las destrezas motoras de los participantes, se mejora y promueve las habilidades sociales, la integración y la inclusión en actividades grupales, y a su vez se mejora la calidad de vida mediante hábitos de conducta y estilos de vida más saludables. Estas iniciativas estarán centradas en un modelo de servicio multidimensional de educación, salud, recreación, actividad física y deporte, los mismos suplirán la necesidad de movimiento e interacción de la población de participantes con discapacidades en Puerto Rico.
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