Ley 85-2018 art. 2.13

Artículo 2.13. Maestro

Last amended: 2018Year: 2018Length: 93 wordsOfficial source
El maestro es el recurso principal del proceso educativo, cuya función primordial es enseñar y educar al estudiante y ser guía y orientador en el proceso de enseñanza y aprendizaje de éste. Sus logros están estrechamente relacionados con su motivación. Para ello, deben contar con el apoyo y los recursos adecuados, tanto tecnológicos como de infraestructura. Por esa razón, los derechos adquiridos por los maestros, previo a la aprobación de esta Ley, serán garantizados por el Secretario del Departamento y el Gobierno de Puerto Rico. Específicamente, aquellos que atiendan su permanencia y retiro.
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