Ley 85-2018 art. 2.20
Artículo 2.20. Exención de embargo y ejecuciones
La parte de los sueldos del personal docente del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico correspondiente al sueldo básico de entrada al magisterio estarán exentos de embargo y ejecución, excepto en aquellos casos que una ley estatal, federal u orden judicial disponga de este remedio.