Ley 91-2022 sec. 6

Sección 6. Responsabilidad de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, el Departamento de Corrección y Rehabilitación y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico

Year: 2022Length: 219 wordsOfficial source
(3A L.P.R.A., Ap. XVIII, Artículo 57 nota) El director ejecutivo de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, la secretaria del Departamento de Corrección y Rehabilitación y el director ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico tendrán el deber ministerial de identificar, separar y garantizar anualmente los fondos necesarios para la consecución de lo dispuesto en la Sección 3 de esta Ley. Disponiéndose que la otorgación de los beneficios que conlleva la aplicación de las disposiciones contenidas en esta Ley estará sujeta a la disponibilidad de fondos para sufragar los mismos, según certifiquen la Oficina de Gerencia y Presupuesto, el Departamento de Corrección y Rehabilitación y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico. La Oficina de Gerencia y Rev. 15 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 3 de 4 “Ley Especial de Salario Base para los Oficiales Correccionales” [Ley 91-2022] Presupuesto, el Departamento de Corrección y Rehabilitación y la Autoridad Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico deberán ser proactivas en la identificación de los fondos necesarios para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley. Durante el periodo de análisis del presupuesto para cada año fiscal, deberán realizar las gestiones necesarias para certificar la disponibilidad de los fondos necesarios hasta que se logre dar cumplimento con lo aquí dispuesto.
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