Ley 92-1954 sec. 4

Sección 4.

Year: 1954Length: 121 wordsOfficial source
El Secretario de Transportación y Obras Públicas nombrará al Director quien será el jefe administrativo de la oficina y deberá desarrollar, esbozar y ejecutar las funciones y deberes que por esta ley se prescriben. El Director será persona calificada, por preparación y experiencia, en la dirección de asuntos de tránsito. Al Director se le proveerá de oficinas, material y equipo y personal adecuados. El personal necesario para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo será Rev. 14 de diciembre de 2022 www.ogp.pr.gov Página 1 de 4 Ley del Negociado de Tránsito del DTOP [Ley 92 de 29 de junio de 1954, según enmendada] nombrado por el Secretario de Transportación y Obras Públicas, de acuerdo con la Ley de Personal vigente.
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