Ley 92-1954 sec. 5

Sección 5.

Year: 1954Length: 334 wordsOfficial source
A los fines de llevar a cabo los propósitos de esta ley el Director tendrá los siguientes deberes y prerrogativas: (a) Esbozar, desarrollar y llevar a cabo aquellos programas, campañas y actividades con el fin de evitar y reducir los accidentes de tránsito y facilitar el control del tránsito en las calles y carreteras del Estado. (b) Recomendar y consultar a las diferentes agencias gubernamentales, en lo que respecta a las campañas de seguridad para que las mismas se lleven a efecto al través de todo el Estado. (c) Organizar y llevar a cabo, en cooperación con las demás agencias gubernamentales, las campañas, servicios, programas y actividades que tengan por fin el ayudar a los municipios del Estado a controlar el tránsito y evitar los accidentes. (d) Preparar material de información, educación y promoción de seguridad relativo al tránsito y diseminar dicho material por todos los medios posibles. (e) Servir como centro de información y publicidad de todo material que se relacione con el control de tránsito y la prevención de los accidentes. (f) Cooperar con las entidades públicas y privadas interesadas en los problemas del tránsito. (g) Estudiar y dictaminar sobre los méritos o fallas de medidas y sugestiones que afecten el tránsito en las calles y carreteras del Estado y recomendar al Secretario de Transportación y Obras Públicas y a los municipios las medidas que sirvan al mejor control, reducción y prevención de los accidentes del tránsito. (h) Estudiar y dictaminar sobre los méritos o fallas de las medidas o sugestiones que afecten las leyes relativas a vehículos, chóferes y conductores y las leyes u ordenanzas germanas que directa o indirectamente tengan relación con el tránsito, y hacer las recomendaciones pertinentes al Secretario de Transportación y Obras Públicas. (i) Adoptar, promulgar, enmendar, total o parcialmente las reglas y reglamentos necesarios a los fines de hacer cumplir las disposiciones de esta ley. (j) Rendir anualmente al Secretario de Transportación y Obras Públicas un informe escrito acerca de las actividades y recomendaciones del Negociado.
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