Ley 88-2023 art. 2.18

Artículo 2.18. Oficiales retenidos en exceso mientras liquidan sus cuentas

Last amended: 2023Year: 2023Length: 51 wordsOfficial source
Cualquier oficial cuyas funciones comprendan el manejo y cuidado de fondos o propiedad que presentare su renuncia sin antes haber sometido una liquidación correcta de sus cuentas, podrá a discreción del Ayudante General, ser relevado de su puesto y retenido en exceso pendiente de la liquidación y aprobación de tales cuentas.
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