Ley 88-2023 art. 4.02

Artículo 4.02. Reglamentación por el Ayudante General de la Guardia Nacional

Last amended: 2023Year: 2023Length: 72 wordsOfficial source
Por el presente Capítulo del Código Militar de Puerto Rico del siglo XXI se autoriza al Ayudante General a promulgar reglas y reglamentos, que no contravengan con las disposiciones de este Capítulo, con respecto a requisitos de edad, alistamiento, organización, administración, equipo, sostenimiento, adiestramiento y disciplina de dichas fuerzas; dichas reglas y reglamentos habrán de estar en conformidad con las leyes de Puerto Rico aplicables a las Fuerzas Militares de Puerto Rico.
Ley 88-2023 art. 4.02: Artículo 4.02. Reglamentación por el Ayudante General de la Guardia Nacional | Justis AI