Ley 91-2012 art. 7

Artículo 7.

Last amended: 2012Year: 2012Length: 106 wordsOfficial source
El Centro Cerebrovascular de Puerto Rico y del Caribe estará excluido de las disposiciones del Plan de Reorganización 3-2011, de 21 de noviembre de 2011, “Administración de Servicios Generales”, y de lo dispuesto en la Ley Núm. 230 de 23 de julio 1974, según enmendada, conocida como “Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico”, y de todos los reglamentos promulgados en virtud de dichas leyes. No obstante, conjuntamente con la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico, deberá aprobar un Reglamento General para implantar las disposiciones de esta Ley dentro de los noventa (90) días inmediatamente siguientes a la fecha de vigencia de la misma.
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