Cód. Mun. P.R. art. 2.080
Artículo 2.080. Revisiones y Apelaciones de las Determinaciones del Municipio
El funcionario o empleado podrá revisar o apelar las determinaciones del municipio, relacionadas con las pruebas de detección de sustancias controladas y uso de alcohol contempladas en este Capítulo ante la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP).