Cód. Mun. P.R. art. 3.038

Artículo 3.038. Empleados Desempeñando Funciones de Vigilancia y Seguridad

Last amended: 2020Year: 2020Length: 56 wordsOfficial source
Los empleados municipales que al momento de la creación de un Cuerpo de la Policía Municipal, según autoriza este Código, estén desempeñando funciones de vigilancia y seguridad, deberán cumplir, dentro del año siguiente a la aprobación de este Código, con los requisitos de elegibilidad e ingreso que rijan para las personas que aspiran pertenecer al Cuerpo.
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