Cód. Mun. P.R. art. 4.020
Artículo 4.020. Determinación de Gastos
El municipio que adopte una ordenanza bajo este Capítulo preparará un presupuesto de los gastos para el año fiscal. El presupuesto deberá incluir los gastos para proveer el equipo, el personal y los materiales necesarios para realizar investigaciones e inspecciones periódicas de las viviendas en el municipio. El municipio queda autorizado para hacer las asignaciones que estime necesarias, de sus ingresos, para estos fines, y podrá aceptar y aplicar las concesiones o donativos que se le hicieren para el cumplimiento de las disposiciones de tales ordenanzas. Capítulo IV — Distribución de los Fondos Federales del Community Development Block Grant Program (CDBG) entre los municipios.