Cód. Mun. P.R. art. 5.038

Artículo 5.038. Revisión Judicial

Last amended: 2020Year: 2020Length: 48 wordsOfficial source
Las partes en el decreto se someterán a la jurisdicción y competencia del Tribunal General de Justicia de Puerto Rico para resolver cualquier controversia que surja basada en, o relacionada con el decreto. No obstante, podrán acordar resolver su controversia mediante un proceso alterno de solución de conflictos.
Cód. Mun. P.R. art. 5.038: Artículo 5.038. Revisión Judicial | Justis AI