Cód. Mun. P.R. art. 6.023
Artículo 6.023. Reglamentos Vigentes
Los reglamentos de la Junta de Planificación o la Oficina de Gerencia de Permisos continuarán en vigor y se aplicarán a los municipios. La reglamentación establecerá los criterios para extender la vigencia de las consultas de ubicación, autorizaciones o permisos de uso, construcción o instalación de rótulos o anuncios autorizados anterior a la vigencia del Plan. [Enmiendas: Ley 170-2020]