Cód. Rent. Int. P.R. sec. 1111.09
Sección 1111.09. Contribuciones de los Estados Unidos, de Posesiones de los Estados Unidos y de Países Extranjeros
El monto de las contribuciones sobre ingresos, beneficios de guerra y beneficios excesivos impuestas por los Estados Unidos, posesiones de los Estados Unidos y países extranjeros será concedido como crédito contra la contribución de una compañía de seguros doméstica sujeta a la contribución impuesta por las Secciones 1111.01 o 1111.07, hasta el límite dispuesto en la Sección 1051.01 para el caso de una corporación doméstica, y en tales casos “ingreso neto”, según se utiliza en dicha sección, significa el ingreso neto según se define en este Subcapítulo.