Cód. Inc. P.R. sec. 2073.07
Sección 2073.07. Requisitos adicionales a las Secciones 2073.02 y 2073.04
(a) En General. —Todo dueño que construya o rehabilite Viviendas de interés social para la venta o el arrendamiento a Familias de Ingresos Bajos o Moderados y Viviendas de clase media para la venta a personas de clase media, y que desee acogerse a las exenciones establecidas en este Código, según apliquen, deberá presentar ante el Secretario del DDEC una solicitud de exención acompañada de la siguiente información: (1) el nombre de su negocio o empresa; (2) el número de catastro de la propiedad o propiedades relacionadas con el negocio; (3) número del registro de comerciante; (4) Seguro Social Patronal; (5) la información requerida por la Ley 216-2014, mejor conocida como la “Ley del Control de Información Fiscal y de Permisos”; y (6) Cualquier otro requisito que se disponga en el Reglamento de Incentivos.