Ley 113-2010 sec. 5
Sección 5. Fondo Especial del Registro
Las sumas recaudadas por concepto de las multas administrativas y los reembolsos por concepto de los gastos incurridos en recopilar la información de los casos delincuentes, según dispuesto en este Artículo, ingresarán al Fondo Especial del Registro para uso exclusivo del Registro. Este Fondo será administrado por el Registro y se regirá mediante los Reglamentos que emita el Registro en virtud del Artículo 19 de esta Ley.