Ley 115-2006 art. 3
Artículo 3. [1 L.P.R.A
§ 5207 Inciso (c)] El Departamento de Educación, así como el Instituto de Cultura Puertorriqueña, adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a los propósitos de esta Ley mediante la organización y celebración de actos relacionados con la celebración de este día.