Ley 120-2023 art. 3
ArtĂculo 3. DesignaciĂłn de Reserva Natural Se designa como Reserva Natural Mar Chiquita el área aproximada de doscientas noventa y una cuerdas con noventa y tres dĂ©cimas de cuerdas (291.93) en el Municipio
de ManatĂ, comprendida entre las coordenadas 18° 28’ 39.875”N, 18° 28’ 11.206”N, 66° 30’ 26.073”W y 66° 28’ 36.448”W, y que colindan al norte con el OcĂ©ano Atlántico, por el este con los terrenos de la Reserva Natural Laguna Tortuguero, por el oeste con la Reserva Natural Hacienda La Esperanza, por el sur con las carreteras PR-685 y PR-6684, incluyendo aquellos terrenos privados que la conforman, además de, la zona marĂtima terrestre y todos aquellos terrenos y ecosistemas sumergidos y aguas marinas que se extienden desde la costa hasta nueve (9) millas náuticas mar afuera.