Ley 127-2018 art. 2

Artículo 2. Política Pública

Last amended: 2018Year: 2018Length: 84 wordsOfficial source
Se establece como política pública el salvaguardar y proteger las pertenencias, propiedades y subvenciones de los menores que se encuentran al cuidado del Gobierno de Puerto Rico, a través del Departamento de la Familia. De igual forma, es política pública el imponer responsabilidades a las partes en el proceso de ubicación de los menores en las propiedades y las correspondientes subvenciones con la cooperación y supervisión interagencial entre el Departamento de la Familia y el Departamento de Justicia, imponiendo responsabilidad a los hogares alternos.
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