Ley 135-2020 art. 40
Artículo 40. Transferencia de Poderes
Los poderes, deberes y facultades que eran ejercidos por el Comisionado del Negociado de Ciencias Forenses del Departamento de Seguridad Pública como parte de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública”, recaerán exclusivamente sobre la figura del Director Ejecutivo del Instituto de Ciencias Forenses a partir de la vigencia de esta Ley. De igual forma, los servicios que antes eran realizados por el Negociado de Ciencias Forenses del Departamento de Seguridad Pública, serán brindados por el Instituto de Ciencias Forenses.