Ley 171-2018 sec. 16
Sección 16. Se enmienda el Artículo 30 de la Ley 107-2014, según enmendada, conocida como “Ley del Programa de Parques Nacionales de Puerto Rico”, para que lea como sigue: “Artículo 19
Cláusula Enmendatoria Cualquier referencia a la Compañía de Parques Nacionales en cualquier otra ley, reglamento o documento oficial del Gobierno de Puerto Rico se entenderá enmendada a los efectos de referirse al Programa de Parques Nacionales de Puerto Rico.”