Ley 171-2018 sec. 70

Sección 70. Se enmienda el actual Artículo 45 de la Ley 416-2004, según enmendada, conocida como “Ley sobre Política Pública Ambiental”, renumerado por esta Ley como Artículo 44 para que lea de la siguiente fo

Last amended: 2018Year: 2018Length: 501 wordsOfficial source
rma: “Artículo 44. — Definiciones. A. Para fines de lo dispuesto en el Artículo 43 que antecede, las palabras y frases indicadas a continuación tendrán el siguiente significado: 1. … 2. … 3. … 4. … 5. … Equipo y materiales. Serán los equipos y materiales necesarios para atender las situaciones de derrames de sustancias nocivas según se establezcan por reglamento. B. Para fines de lo dispuesto en el Artículo 45 de esta Ley las palabras y frases indicadas a continuación tendrán el siguiente significado: 1. Daños. Significa cualquier daño donde exista responsabilidad bajo las leyes de Puerto Rico o de los Estados Unidos de América que resulte en, que surja de, o esté relacionado con el derrame o posible amenaza de derrame de petróleo o sustancias peligrosas. 2. … 3. … 4. Plan Nacional de Contingencia. Significa el National Oil and Hazardous Substances Pollution Contingency Plan, 40 C.F.R. 300, establecido bajo la Ley para el Control de Contaminación de Agua (Water Pollution Prevention and Control Act), 33 U.S.C. §§ 2701 et seq. (§ 1321(d)), según enmendada por la Ley de Contaminación por Petróleo (Oil Pollution Act of 1990), Pub. Law No. 101-380, 104 Stat. 484, 33 U.S.C. §§ 2701 et seq., el Plan de Contingencia para Incidentes Ambientales Relacionado con Descargas de Aceite aprobada por la extinta Junta de Calidad Ambiental o cualquier otro que en su momento adopte el Departamento para sustituirle, y el Plan de Contingencia para Aceites y Sustancias Peligrosas de la Guardia Costanera. 5. … 6. Persona. Significa cualquier persona natural o jurídica, sociedad, asociación, instrumentalidad, municipalidad, comisión o agencia de Puerto Rico o subdivisión política de un estado de los Estados Unidos de América, o cualquier entidad creada para operar entre estados de los Estados Unidos de América. 7. … 8. Parte responsable. Incluye lo siguiente: a) … b) Facilidades en tierra: Significa aquella persona dueña, que opere una facilidad, excluyendo tubería u oleoducto o una agencia federal, estatal, municipal, comisión, instrumentalidad o división política de Puerto Rico o cualquier subdivisión política de un estado de los Estados Unidos de América, o cualquier entidad interestatal que como dueño transfiera título, posesión y el derecho de uso sobre la propiedad a otra persona mediante arrendamiento, cesión o permiso. c) Facilidades fuera de la costa: Significa arrendamiento del área en el cual se encuentra la facilidad o el poseedor del derecho de uso y servidumbres concedidas por la ley estatal aplicable o el Outer Continental Shelf Lands Act, 43 U.S.C. §§ 1301 a 1356, para el área en la cual la facilidad esté ubicada si dicho poseedor es una persona distinta del arrendatario, excluyendo: tubería, oleoducto o puerto de hondo calado debidamente autorizados por ley, una agencia federal, estatal, municipal, comisión, instrumentalidad o división política de Puerto Rico o de un estado de Estados Unidos de América o cualquier entidad interestatal que como dueño transfiere el título, posesión o el derecho de uso de la propiedad a otra persona mediante arrendamiento, cesión o permiso. d) … …”
Ley 171-2018 sec. 70: Sección 70. Se enmienda el actual Artículo 45 de la Ley 416-2004, según enmendada, conocida como “Ley sobre Política Pública Ambiental”, renumerado por esta Ley como Artículo 44 para que lea de la siguiente fo | Justis AI