Ley 176-2002 art. 3
Artículo 3. Responsabilidades
[3 L.P.R.A. § 430c inciso (c)] El Comité coordinará la realización de proyectos de reparaciones, mejoras y cualquier otro tipo de proyecto que pudiese afectar las vías públicas del país; identificará las necesidades de obras de reparación o mejoras relacionadas a las vías del país; distribuirá y asignará las obras según correspondiere a cada entidad.