Ley 176-2008 art. 11

Artículo 11. Asignación de Fondos

Last amended: 2008Year: 2008Length: 119 wordsOfficial source
Se asigna la cantidad de un millón de dólares ($1,000,000.00), provenientes del Fondo General, para cumplir con las responsabilidades impuestas en esta Ley. El 95% del total de los fondos asignados será para el costo de los servicios de vale exclusivamente. La cantidad máxima de vale a otorgarse será de ochocientos dólares ($800.00) mensuales por persona con impedimentos. El desembolso de los fondos será consignado en el Reglamento que será promulgado por el Comité Ejecutivo a través de la Agencia Líder. Además, se asignará la cantidad de cincuenta mil dólares ($50,000) al Instituto de Deficiencias en el Desarrollo, de la Universidad de Puerto Rico, para el diseño del Proyecto Demostrativo, como ente que dirigirá los trabajos del Comité Ejecutivo.
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