Ley 181-1979 art. 2

Artículo 2.

Year: 1979Length: 99 wordsOfficial source
La Medalla de la Legislatura que aquí se establece será otorgada por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a aquellos ciudadanos o empleados del Gobierno que hayan sobresalido en la implementación de las operaciones gubernamentales, o hayan hecho una contribución meritoria Rev. 15 de abril de 2024 www.ogp.pr.gov Página 1 de 2 Ley de la “Medalla de la Legislatura de Puerto Rico” [Ley 181 de 20 de julio de 1979, según enmendada] en: a) interés del Pueblo de Puerto Rico; o b) la paz mundial; o c) la cultura u otros esfuerzos significativos en el servicio público o privado.
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