Ley 17-2019 art. 8.2
Artículo 8.2. Disposición Transitoria Junta de Gobierno AEE
Los miembros actuales de la Junta de Gobierno de la Autoridad, incluyendo aquellos cuyo nombramiento esté pendiente de confirmación en el Senado de Puerto Rico al momento de la aprobación de esta Ley continuarán en funciones hasta que concluyan el término de su nombramiento o generen una vacante por causa de renuncia, muerte, incapacidad o destitución. Los procesos iniciados para elegir al representante del interés de clientes en la Junta realizados por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) previo a la aprobación de la Ley 207-2018, continuarán su trámite bajo la jurisdicción del DACO, hasta la elección del representante del interés de los clientes.