Ley 198-2024 art. 2
Artículo 2. La Oficina de Servicios Legislativos publicará durante el mes de julio de cada año, en un periódico de circulación general, un aviso de todas las becas, internados y premios que auspicie la Asamblea L
egislativa. Además, podrán anunciarse a través de otros medios de comunicación cuando se estime pertinente, dando preferencia a acuerdos colaborativos o anuncios de servicio público, de manera tal que se salvaguarde el uso eficiente de los fondos públicos.