PR Carta Normativa Núm. N-ES-2-48-2004
INFORME ANUAL DE 2003 Y ASUNTOS RELACIONADOS
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
B5 Calle Tabonuco Suite 216 • PMB 356 • Guaynabo, PR 00968-3029 •
Tel: (787) 304-8686 • Fax: (787) 273-6082
www.ocs.gobierno.pr
18 de febrero de 2004
CARTA NORMATIVA NÚM.: N-ES-2-48-2004
A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAÍS AUTORIZADOS A TRAMITAR
SEGUROS DE INCAPACIDAD EN PUERTO RICO
RE: INFORME ANUAL DE 2003 Y ASUNTOS RELACIONADOS
Estimados señoras y señores:
El Artículo 3.310(1) del Código de Seguros de Puerto Rico, 26 L.P.R.A. sección 331 (1)
dispone lo siguiente:
"(1) Cada asegurador autorizado deberá presentar anualmente al
Comisionado, antes del día 31 de marzo, un estado exacto de su situación
económica y sus transacciones y negocios al 31 de diciembre precedente.
Dicho estado se hará en los formularios que prescriba el Comisionado,
deberá contener la información que requieran este título y el
Comisionado, y deberá ser autenticado con el juramento de por lo menos
dos de los principales funcionarios del asegurador.” (Énfasis nuestro)
Conforme a dicho artículo, el informe anual para el año natural terminado el 31 de
diciembre de 2003 se radicará con esta Oficina a más tardar el 30 de marzo de 2004. El
mismo se presentará en el formulario oficial aprobado por la Asociación Nacional de
Comisionados de Seguros junto con todas las planillas, suplementos e informes
requeridos, incluido el documento de Comentarios y Análisis Gerencial (MD & A).
Se requiere que los aseguradores del país presenten a la Oficina y a la NAIC una copia
impresa en papel tamaño legal 8/ ½” x 14” y en formato electrónico en disquete del
informe anual y sus suplementos. Además de la copia impresa, los aseguradores
domésticos deberán entregar un disquete a la NAIC. . Este disquete debe estar en el
formato electrónico comúnmente conocido como el “'March.PDF Filing" (en
formato.pdf).
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Además, todos los aseguradores del país deberán incluir con el informe anual la
información estipulada en la Página del Estado (“State Page”), en la sección de
Negocios Directos en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (“Direct Business in the
Commonwealth of Puerto Rico”.) Se requiere también que los aseguradores del país
presenten una copia impresa y un disquete del Certificado de inversiones en valores
de Puerto Rico al 31 de diciembre de 2003, conforme al Artículo 3.160 del Código de
Seguros
de
Puerto
Rico,
el
cual
está
disponible
en
nuestro
sitio
Web
http://www.ocs.gobierno.pr/downloads/cert_inv.doc
(en
formato
MS
Word).
También hemos incluido una copia impresa del formulario de Certificación para la
conveniencia de aquellos aseguradores que no puedan acceder al formulario a través de
nuestro portal de Internet. Se requiere que esta información se presente junto al informe
anual regular y en o antes de la fecha límite de entrega.
Además, aquellos aseguradores que suscriben todo tipo de plan de cuidado de salud
deberán completar el formulario adjunto titulado Informe de Primas Suscritas para
Todo Tipo de Planes de Cuidado de Salud y Número de Asegurados. La información
requerida es hasta el 31 de diciembre de 2003, y se debe presentar en o antes de dicha
fecha límite.
Las radicaciones anuales deben seguir las instrucciones especificadas en las
Instrucciones para Informes Anuales de la NAIC. Para obtener más información sobre
las radicaciones anuales, vean el sitio Web de la NAIC al http://www.naic.org.financial
statement filing/index.htm.
Además, se deberá enviar una copia de la Página del Estado (“State Page”) a la
Asociación de Garantía de Seguros de Vida, Incapacidad y Salud de Puerto Rico a la
siguiente dirección:
Asociación de Garantía de Seguros de
Vida, Incapacidad y Salud de Puerto
Rico
PO Box 191489
San Juan, PR 00919-1489
Se requiere el cumplimiento estricto con las disposiciones de esta carta.
Cordialmente,
FIRMADA
Dorelisse Juarbe Jimenez
Comisionada de Seguros