PR Carta Normativa Núm. N-ES-2-49-2004

A TODOS LOS ASEGURADORES DE LÍNEAS EXCEDENTES ELEGIBLES

Year: 2004Length: 944 wordsOfficial source
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS B5 Tabonuco Street, Suite 216 • PMB 356 • Guaynabo, PR 00968-3029 • Tel.: (787) 304-8686 • Fax: (787) 273-6082 www.ocs.gobierno.pr 20 de febrero de 2004 CARTA NORMATIVA NÚM. N-ES-2-49-2004 A TODOS LOS ASEGURADORES DE LÍNEAS EXCEDENTES ELEGIBLES Estimados señoras y señores: El Artículo 10.071(1)(c) del Código de Seguros de Puerto Rico, 26 LPRA artículo 1007ª(1)(c), dispone lo siguiente: “(1) Ningún corredor de seguros de líneas excedentes tramitara un contrato de seguros con un asegurador no autorizado que no sea un asegurador de líneas excedentes elegibles según se dispone en esta sección. Ningún asegurador no autorizado será o se considerara un asegurador de líneas excedentes elegible a menos que el Comisionado determine que es elegible de conformidad con las siguientes condiciones: (a) … (c) Antes de concederse elegibilidad, el corredor de seguros de líneas excedentes o el asegurador no autorizado presentaran al Comisionado una copia debidamente autenticada de su estado anual de situación financiera mas reciente, en ingles o en español, con todos los valores monetarios expresados en moneda de Estados Unidos y conteniendo cualquier otra información adicional relacionada con el asegurador que el Comisionado pueda requerir;” Además, el Artículo 10.070(1) del Código de Seguros de Puerto Rico, 26 LPRA sec. 1007b(l) dispone lo siguiente: (1) El Comisionado podrá, luego de una vista, aviso de la cual debe darse a todos los corredores de líneas excedentes, retirar la elegibilidad de un asegurador no autorizado que aparezca en la lista de aseguradores 2 elegibles de líneas excedentes al determinar que el asegurador esta insolvente, o que su situación financiera es pobre, o que ya no es elegible bajo las condiciones establecidas en la sec. 1007a de este título. Conforme a los Artículos 10.07(1)(c) y 10.07b(1), supra, y para poder determinar usted continúa siendo elegible para ofrecer seguros de líneas excedentes, el estado financiero anual para el año natural que termina el 31 de diciembre de 2003 deberá presentarse en esta Oficina en o antes del 30 de marzo de 2004. El estado financiero también debe presentarse en el formulario oficial aprobado por la Asociación nacional de Comisionados de Seguros (NAIC) y deberá juramentado por dos de los principales oficiales del asegurador. Los aseguradores foráneos organizados para ofrecer seguros en Estados Unidos, o en el lugar que entran a la jurisdicción, no tienen que presentar en esta Oficina una copia en papel y la presentación electrónica del estado financiero anual. En vez de presentar dicha documentación, los aseguradores foráneos deberán presentar a esta Oficina el documento “Affidavit of Filing and Financial Statement Attestation” [Declaración Jurada de Presentación y Declaración de Estado Financiero] usando el formulario adjunto, que le sirva de evidencia a la NAIC de la presentación de dicha documentación. Los aseguradores de líneas excedentes elegibles que no estén organizados en Estados Unidos que no hagan la presentación electrónica con la NAIC deberán presentar una copia en papel de sus estados financieros anuales que incluya la información dispuesta en la página conforme a los requisitos del estado del formato para el informe anual aprobado por la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros, en relación con los negocios de Puerto Rico. Los aseguradores que cierran los libros en otra fecha que no sea el 31 de diciembre de cada año, en o antes del 30 de marzo de 2004, deberán presentar una carta de trámite con la siguiente información: 1. Nombre de la persona contacto y la dirección postal. 2. Fecha en que el asegurador cierra los libros de contabilidad. 3. Resumen del negocio de seguros que lleva a cabo en Puerto Rico durante el año natural 2003. 4. Resumen de las inversiones en Puerto Rico durante dicho año natural. 5. Estado de Situación del año natural o fiscal previo. 6. Fecha en que se estima el asegurador podrá presentar sus estados financieros anuales a esta Oficina. 3 La presentación de documentos anual deberá seguir todas las instrucciones dispuestas en el NAIC Annual Statements Instructions. Para obtener más información sobre la presentación de estados financieros anuales, puede visitar la página de la NAIC en www.naic.org y elegir “Filing Instructions”. Se requiere el cumplimiento estricto de las disposiciones de esta Carta Normativa. Cordialmente, Dorelisse Juarbe Jiménez Comisionada de Seguros Anejos ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS CERTIFICADO DE INVERSIÓN EN VALORES DE PUERTO RICO _______________________________________ y ___________________________________ de__________________________________________________________, un asegurador organizado y existente a tenor con las leyes de______________________________, por la presente certificamos que dicho asegurador tiene y mantiene inversiones en valores de la clase especificada en el Artículo 3.160 del Código de Seguros de Puerto Rico. Dichos valores se describen al dorso del presente certificado y el total de su valor nominal asciende a $__________________________ y a la fecha del presente documento, tienen un valor amortizado de $ __________________________. Certificamos además que dicho asegurador mantendrá en todo momento la cantidad requerida en dicha Sección del Código para retener su autorización en Puerto Rico y hasta que haya satisfecho todas sus obligaciones y cargas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. La venta o permuta de dichos valores sólo se autorizará si se proveen valores para sustituirlos, disponiéndose que el presente certificado se actualizará en caso de que ocurra algún cambio. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmamos y sellamos el presente certificado con el Sello Oficial de _____________________________________________________________ en la Ciudad de __________________, ___________________________, hoy ___________ de ________________________ de 20_____. DOY FE: __________________________ Presidente __________________________ Secretario __________________________ Tesorero (SELLO) (Nombre del Asegurador) (Presidente) (Tesorero) (Nombre del Asegurador) (Estado o País) 5 DESCRIPCIÓN Número Cusip Fecha de vencimiento Fecha de adquisición Valor nominal Costo* Valor amortizado Total * Sin los intereses acumulados
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