PR Carta Circular Núm. AM-III-7-819-80

Extensión de la cubierta de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo a los empleados a bordo de empresas aéreas

Year: 1980Length: 204 wordsOfficial source
![img-0.jpeg](img-0.jpeg) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS 6 de agosto de 1980 Carta Circular Núm. AM-III-7-819-80 A TODOS LOS ASEGURADORES DEL PAIS, AGENTES GENERALES Y/O GERENTES DE ASEGURADORES EXTRANJEROS AUTORIZADOS A TRAMITAR NEGOCIOS DE SEGUROS CONTRA ACCIDENTES Y SEGUROS DE INCAPACIDAD FISICA EN PUERTO RICO Asunto: Extensión de la cubierta de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo a los empleados a bordo de empresas aéreas Estimados señores: Efectivo el 1 de julio de 1980, la Administración del Fondo del Seguro del Estado extendió la cubierta de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo a los empleados a bordo de las empresas aéreas que tienen su base de operaciones u oficina principal en Puerto Rico. Dicha cubierta fue extendida por el Fondo del Seguro del Estado en forma compulsoria y monopolística. En vista de lo anterior, a partir del 1 de julio de 1980, ningún asegurador privado podrá emitir o mantener en vigor pólizas de seguro de compensaciones por accidentes del trabajo cubriendo al personal antes indicado. Por la presente se requiere que den estricto cumplimiento a las disposiciones de esta carta circular. Cordialmente, Lic. Rolando Cruz Comisionado de Seguros Apartado 3508 - Estación Viejo San F.
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