PR Carta Circular Núm. E-1-312-62

Informe anual

Year: 1962Length: 798 wordsOfficial source
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS Apartado 11217 - Est. Fdez. Juncos Santurce, Puerto Rico Carta Circular Núm. E- 1-312-62 23 de enero de 1962 # A TODOS LOS CORREDORES, AGENTES Y SOLICITADORES DE SEGUROS Estimados señores: La Regla XV del Reglamento de la Oficina del Comisionado de Seguros dispone que todo agente, corredor y solicitador de seguros presentará al Comisionado en o antes del 31 de marzo de cada año un informe de los negocios efectuados al 31 de diciembre precedente. Se incluyen los formularios para que se informe, en o antes del 31 de marzo de 1962, los negocios efectuados por cada productor durante el año natural 1961. Los agentes de seguro de vida industrial que no estén autorizados para gestionar otra clase de seguro no tendrán que rendir este informe. Los agentes generales y gerentes que posean además licencia de agente vienen obligados a informar los negocios directos producidos por ellos bajo su licencia de agente. En aquellos casos en que no haya habido transacción alguna, el informe se rendirá haciendo una indicación al efecto. El Artículo 9.460(1) (b) del Código de Seguros dispone que el Comisionado podrá denegar, suspender, revocar o negarse a renovar una licencia con arreglo al Capítulo IX del Código si se violare intencionalmente, o se dejare de cumplir con, cualquier disposición del mismo, o de cualquier regla o reglamento u orden legal del Comisionado. Favor de observar las siguientes instrucciones al llenar su informe: 1. En el blanco "Clase de Licencia" indique si su licencia es de corredor, agente o solicitador. 2. Dirección - Ponga la dirección de su oficina o sitio de negocios. 3. En la columna "Agencia o Compañía con que fue Colocado" los solicitadores indicarán el nombre de la agencia con la cual colocaron sus negocios y los agentes informarán el nombre de la compañía con que colocaron los suyos. - 2 - Carta Circular Núm. E 1-312-62 23 de enero de 1962 4. Columna "Total de Pólizas Gestionadas o Renovadas" a. En el seguro de "casualty" y propiedad se entenderá por renovación la continuación de la póliza después de su terminación, ya sea por póliza nueva, por certificado de renovación o por otro medio. b. En el seguro de incendio y líneas aliadas bajo el Plan de Pagos a Plazos de Primas se considerará como prima anual de las pólizas el plazo anual. Este será informado anualmente por los años que la póliza esté en vigor. Cordialmente, Pablo J. López Castro Comisionado Anexos EVITE PENALIDADES RINDIENDO SU INFORME A TIEMPO Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS Apartado 11217 - Est. Fdez. Juncos Santurce, Puerto Rico # INFORME DE NEGOCIOS Fecha Nombre Clase de Licencia Dirección Teléfono de su Oficina | Clase de Riesgo | :Agencia o Compañía : con que fue : colocado | :Total de pólizas : gestionadas o : renovadas | :Cantidad de :primas cargadas :en las pólizas | | --- | --- | --- | --- | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : | | | : | : | : |
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