PR Carta Circular Núm. E-11-785-79
Política a seguir en la publicación de anuncios de estados financieros

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
# OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS
23 de noviembre de 1979
Carta Circular #E-11-785-79
A TODOS LOS ASEGURADORES AUTORIZADOS DEL PAIS
Y A LOS AGENTES GENERALES Y GERENTES DE ASEGURADORES EXTRANJEROS
Asunto: Política a seguir en la publicación de anuncios de
estados financieros.
Señores:
Con frecuencia hemos notado que varios aseguradores han
publicado sus estados financieros en la prensa del país sobre
la base de principios generalmente aceptados de contabilidad
(GAAP).
El Artículo 27.050 (Anuncio de activo, pasivo) del Código
de Seguros de Puerto Rico, dispone que:
"Cualquier anuncio u otra divulgación de
información por un asegurador o a nombre del
mismo que indique su activo deberá también
indicar, en relación con el mismo asunto y
con igual prominencia, el pasivo de dicho
asegurador, computado sobre la base que se
concede para sus estados anuales..." (Subrayado nuestro).
A tenor con lo anterior, se requiere mediante la presente
que todo asegurador que publique o anuncie su situación financiera en cualquier periódico o revista o en cualquier otro
medio de comunicación, deberá hacerlo sobre la base estatutaria.
No obstante, de desear publicar los estados financieros sobre
la base GAAP (General Accounting Accepted Principles) el asegurador podrá hacerlo siempre que éstos vayan acompañados de
un estado financiero sobre la base estatutaria.
Apartado 3508 - Estación Viejo San Juan - San Juan, Puerto Rico 00904
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Esperamos que los aseguradores autorizados en Puerto Rico
den estricto cumplimiento a la directriz aquí enunciada.
Cordialmente,
Lic. Rolando Cruz
Comisionado de Seguros