Regl. 3993
Enmienda Regl. 32 del 5 de diciembre de 1963, sobre procedimiento para hacer los descuentos por concepto de deudas atrasadas en nominas de sueldos de empleados.
Cite as Reglamento Núm. 3993
Núm.
3993
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Secretario de Estado
Por:
Secretario Auxiliar de Estado
ENMIENDA AL REGLAMENTO NUM. 32
PARA CONFORMAR EL REGLAMENTO NUM. 32, APRO-
BADO EL 5 DE DICIEMBRE DE 1963 SOBRE EL PRO-
CEDIMIENTO PARA HACER LOS DESCUENTOS POR CON-
CEPTO DE DEUDAS ATRASADAS EN NOMINAS DE SUELDOS
DE EMPLEADOS Y EN COMPROBANTES DE PAGO A FAVOR
DE OTROS ACREEDORES EN VIRTUD DEL ARTICULO
125 DEL CODIGO POLITICO DE PUERTO RICO, 3 LPRA
278, A LAS DISPOSICIONES DE LA SECCION 1.6 (b)
DE LA LEY 170 DE 12 DE AGOSTO DE 1988, SE HACE
NECESARIO ENMENDAR EL MISMO, ANADIENDO LO SI-
GUIENTE:
"8 - Procedimiento Adjudicativo
Cualquier persona afectada por una decisión adversa del
la disposición de ley a que se refiere o por incumplimento
con los mismos, podrá radicar una querella en la Secretaría
de Procedimientos Adjudicativos del Departamento de
Hacienda basada en la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988
y en el Reglamento adoptado y promulgado para su ejecución."
VIGENCIA
Esta enmienda entrará en vigor 30 días después de su
radicación en la Oficina del Secretario de Estado del
Aprobado en San Juan, Puerto Rico, el 15 de agosto
de 1989.
Juan Alicea
Secretario Hacienda
Presentado en el Departamento de Estado el 17 de
agosto
de 1989.